jueves, 15 de julio de 2010

Aprueban la Ley de Glaciares con modificaciones peligrosas

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15/07/2010

Durante la sesión de ayer el senado nacional aprobó con 45 votos el Proyecto de Ley de Presupuestos Mínimos para la Protección de los Glaciares y del Ambiente Periglacial, presentado por el senador oficialista Daniel Filmus. Comparada con la ley de glaciares 26.418, vetada por la presidenta el año pasado, el “proyecto Filmus” presenta modificaciones peligrosas, según advierten especialistas y organizaciones ambientalistas.

El “proyecto Filmus” de ley de glaciares, que contaba con dictamen unánime de la Comisión de Ambiente y Desarrollo Sustentable, fue tratado sobre tablas, y aprobapor por unanimidad, en la tarde de ayer en el recinto del Congreso Nacional. Durante su argumentación Filmus destacó la importancia de la ley y rescató el acuerdo al que llegaron luego de haber afrontado el veto del Poder Ejecutivo al anterior proyecto.

La ley vetada por Cristina Fernández en noviembre del 2008 -elaborada por la diputada Marta Maffei y presentada por Miguel Bonasso- había sido aprobada por unanimidad también en el Congreso. Entre otras cuestiones, se argumentaba el veto teniendo en cuenta que “Gobernadores de la zona cordillerana han manifestado su preocupación con lo dispuesto por la norma sancionada, toda vez que repercutiría negativamente en el desarrollo económico y en las inversiones que se llevan a cabo en dichas provincias”.

Será por eso que el nuevo proyecto fue recibido con beneplácito por los senadores Pérceval, Basualdo y Gioja, arguyendo los beneficios que traía para las provincias que representan: Mendoza y San Juan.

Especialistas en hidrología y geología advierten que la la principal minera beneficiada con el nuevo proyecto de ley es Barrick Gold, responsable de los proyectos Veladero y Pascua Lama en la provincia de San Juan.

En sus fundamentos, el texto del proyecto aprobado ayer plantea que la “necesidad de contar con una ley de protección de glaciares y ambientes periglaciales responde al mandato constitucional establecido en el artículo 41″. Ese punto se refiere al “derecho a un ambiente sano y equilibrado”, apto para el “desarrollo humano y las actividades productivas”, que “satisfagan necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras, así como al deber de todos los habitantes de preservarlo”.

Además de la de Filmus, la propuesta lleva las firmas de los senadores Carlos Rossi, María Eugenia Estensoro, Alfredo Martínez, Elida Vigo, Julio Miranda, Pedro Guastavino, María Díaz, María Perceval, Delia Pinchetti de Sierra Morales, Ada Iturrez de Cappellini, Horacio Lores, Jorge Banicevich, Silvia Gallego y Rubén Giustiniani. Ahora espera su tratamiento en la cámara baja.

Las organizaciones ambientalistas, que hace tiempo vienen reclamando por una ley que proteja los glaciares, advierten que esta “nueva ley” presenta modificaciones peligrosas.

Hecha la ley, hecha la trampa

Un informe del Doctor Carlos Seara, destacado geólogo argentino que trabajó para Naciones Unidas en temas de hidrogeología, esclarece los nefastos alcance de los nuevos artículos introducidos por el oficialismo.

El artículo 2, por ejemplo, incluye una definición tramposa de ambiente periglacial. El artículo 2 original decía: “Asimismo, se entiende por ambiente periglacial el área de alta montaña con suelos congelados que actúa como regulador del recurso hídrico”. El nuevo artículo 2 dice: “Se entiende por ambiente periglacial el área con depósitos detríticos y/o suelo congelado permanentemente, saturado en hielo, con un porcentaje del mismo superior al 50% de su volumen, en la cual los procesos de la acción del congelamiento son dominantes”.

Seara indica que con esta modificación el ambiente periglacial prácticamente no existe; sólo quedan protegidos los suelos helados que no se derriten. Los ambientes periglaciales -suelos helados- son fundamentales para la alimentación de los ríos.

El nuevo proyecto de ley elimina la posibilidad de que estén resguardados los suelos congelados a que se refería la ley vetada. Seara sostuvo que “si el suelo está congelado en forma permanente, prácticamente no se cumplen los ciclos de congelamiento y descongelamiento. Queda eliminada de esta forma la relación entre el ambiente de suelo congelado y la regulación del sistema hídrico”. Y recalcó que “un porcentaje de hielo superior al 50% del volumen de la masa del suelo prácticamente no existe porque la porosidad de suelo no suele alcanzar el porcentaje expresado en el nuevo proyecto”.

“En Argentina todo parece indicar que las empresas mineras y petroleras están protegidas por el gobierno. Primero se vetó una buena ley, la de glaciares y ambiente periglacial, y luego se elaboró otro proyecto con artículos tramposos para que las mineras y petroleras puedan seguir con sus planes. El nuevo proyecto le dice sí al oro y al petróleo, y no al agua que se fabrica en los Andes” concluye Seara.

Gustavo Macayo, abogado patrocinante en la acción que impidió la instalación de una mina de oro en Esquel por la empresa Meridian Gold Inc., advierte que “la diferencia sustancial entre la Ley Original vetada por la Presidenta y el nuevo proyecto Filmus es la relativa al inventario de actividades que estén en ejecución al comenzar a aplicarse la ley”.

Dice el nuevo proyecto Filmus, en su artículo 15, al referirse a las actividades que impacten los glaciares: “En caso de generarse impacto significativo sobre los mismos, las autoridades competentes ordenarán las medidas pertinentes para que dichas actividades se adecuen a la presente ley.” Nótese que la autoridad competente en materia minera sería la Dirección de Minería de la Nación.

La ley Original vetada rezaba: “En caso de verificarse impacto significativo sobre glaciares o ambiente periglacial se ordenará el cese o traslado de la actividad y las medidas de protección, limpieza y restauración que correspondan.” No da intervención a ninguna otra autoridad; debe entenderse que lo haría el área de Medio Ambiente de la Nación o específicamente el órgano de protección de glaciares.

Como es evidente el veto presidencial, y este nuevo proyecto de ley, le dieron tiempo a Barrick Gold:
1) para comenzar la explotación de los proyectos que ya tiene , antes de que entre en vigencia la ley;
2) para que una vez en vigencia la ley, se puedan adecuar los proyectos a la ley de glaciares, y de ninguna manera ordenar el cese o traslado de los mismos.

“Por supuesto, todos sabemos que los proyectos de Barrick no se pueden adecuar a la ley de glaciares, pero teniendo en cuenta que ellos están dispuestos a, incluso, trasladar los glaciares, podemos pensar en cualquier otra solución descabellada por el estilo” concluye Macayo.

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